Un residente de un edificio en la región Metropolitana fue multado por la administración tras instalar una malla de seguridad en el balcón de su cuarto piso, con el propósito de salvaguardar la integridad física de su hijo de dos años. La controversia comenzó en noviembre del año pasado, cuando el hombre recibió una notificación por correo electrónico advirtiéndole que sería sancionado si no removía la malla. En enero, la situación se agravó cuando la administración incluyó la multa en los gastos comunes del mes, argumentando que la instalación afectaba la estética del condominio y solicitando una malla acorde a las normativas del reglamento interno.
Ante esta situación, el propietario recurrió a la justicia, argumentando que la malla fue instalada exclusivamente por razones de seguridad. La disputa alcanzó tal magnitud que la Corte Suprema intervino, fallando a favor del hombre y permitiéndole mantener la malla, destacando que su retiro pondría en riesgo la vida del menor. Además, se menciona una moción parlamentaria en curso que propone la obligatoriedad de este tipo de protecciones en los balcones para garantizar la seguridad de los niños, lo que podría sentar un precedente importante para futuros casos similares.