El Tribunal Supremo de España declaró que los besos sin consentimiento, tanto expreso como tácito, serán considerados delitos de agresión sexual y castigados con cárcel.
La justicia aseguró que la acción corresponde a una “intromisión en la libertad sexual” de una persona para “obtener satisfacción sexual a costa de otro”.
Aquellos que sean acusados arriesgan una pena de hasta un año y nueve meses. La primera persona en ser condenada es un agente policial que besó en la mejilla a una detenida y después trató de hacerlo en los labios, sin consentimiento de la mujer.
En este caso, el agente estaba bajo los efectos del alcohol, lo que agravó el delito. “Una mujer no puede tener una especie de servidumbre sexual, de tener que soportar el deseo de un hombre de querer darle un beso en cualquier parte del cuerpo”, declararon los jueces.
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