Este aviso se cerrará en segundos
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Durante el 25 de diciembre y el 01 de enero el comercio deberá permanecer cerrado, ya que estas fechas son feriados irrenunciables. El subsecretario del Trabajo, Fernando Arab hizo un llamado a respetar los horarios y manifestó que “el día 24 el comercio debe cerrar no más allá de las 20 horas, hasta las 6 de la mañana del siguiente día.” Es decir que el 26 de diciembre se abrirá el comercio con funcionamiento normal.
Feriado irrenunciable!!! Los días 25 de diciembre y 01 de enero son feriado irrenunciable para los trabajadores del comercio. Este feriado comienza a las 20:00 horas del día anterior y termina a las 06:00 am del día siguiente al feriado.
— Fernando Arab (@fdoarab) December 23, 2019
Por otro lado, hay quienes que sí pueden ejercer acción laboral, “Son aquellos que desempeñan al interior de cines, restaurantes, clubes, discoteques, bares, farmacias de turno o estaciones de servicio”, afirmó el subsecretario. Pero si estas personas ya trabajaron los días feriados del año pasado los empleadores pueden estar sujeto a multas.
En caso de infracción, los trabajadores deben denunciar al sitio web de la Dirección del Trabajo.
Los montos van de la siguiente forma:
De 1 a 49 trabajadores: 5 UTM ($248.115) por cada trabajador afectado.
De 50 a 199: 10 UTM ($496.230) por cada trabajador afectado.
De 200 0 más: 20 UTM ($992.460) por cada trabajador afectado.
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