Música

Impulso al artista nacional: Ley de teloneros es aprobada por la cámara baja

14 de Enero de 2020

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14 de Enero de 2020

Este martes, la Sala de la Cámara de Diputados aprobó por 128 votos a favor y 16 abstenciones, las modificaciones del Senado al proyecto de Fomento de la Música Chilena que reforma la ley N° 19.968, para establecer los requisitos que deben cumplir los conciertos y eventos musicales que se presenten en Chile.

Esta propuesta, que ya tiene pies y cabeza está a punto de convertirse en ley de la República, tiene como principal objetivo impulsar y fomentar el desarrollo de la música y de los artistas nacionales, incorporando un telonero nacional en conciertos extranjeros desde 600 espectadores.

“Para nosotros es una noticia muy emocionante, llevamos 12 años esperando que esta ley sea aprobada. Esto abre una ventana tremenda de visibilidad de los músicos, y en particular a aquellos emergentes […]. En estos días tan importantes que hemos vivido, nos hemos dado cuenta cómo nuestra música adquiere un rol protagónico, pues está muy inserta en los corazones y mentes de las personas”, comentó el vicepresidente de SCD, Rodrigo Osorio.

Los conciertos y eventos musicales con alta convocatoria de público que se presenten en el país deberán, cumplir con los siguientes condiciones:

En los casos de preventa de tickets dirigida a un público exclusivo o preferencial, por un tiempo limitado, solo podrá comercializarse por este medio un porcentaje no superior al 50% del total de entradas puestas a disposición para la venta.

El recinto donde se realice el evento deberá contar con espacios reservados para personas en situación de discapacidad ubicados en áreas que cuenten con visibilidad y comodidad adecuada.

Se específica que los conciertos que se efectúen por artistas extranjeros beneficiados con exención del IVA deberán contemplar la participación de al menos un telonero chileno, intentando promover el fomento de los talentos regionales cuando el evento se realice en una región distinta a la Metropolitana.

Para mayor información pincha aquí: SCD

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